
Depende de la situación. Si usted es ciudadana estadounidense, entonces sí puede solicitar la residencia de su esposo. Las entradas y salidas afectan en caso de haber ocurrido después de 1997, y tienen una penalización permanente.
Por el contrario, si su esposo salió antes de 1998 y después regresó al país de manera permanente, entonces no hay problema.
Sin embargo, si la razón por la que salió del país fue por deportación, cabe la posibilidad de que eso sí afecte el procedimiento.