
Contexto: Mi hijo es ciudadano estadounidense de 23 años. Mi ex esposo y yo habíamos metido una petición juntos, pero no puedo comprobar si estamos divorciados.
1) Si cualquier otra persona realizó la solicitud antes del 30 de abril del 2001, puede calificar para la ley 245(i).
Esta ley es importante porque le permite arreglar su situación pagando una multa de 1000 USD, arreglar los papeles sin salir del país y sin necesidad de un perdón.
2) Si su ex esposo hizo la solicitud cuando estaban casados, antes del 30 de abril de 2001, y puede comprobar que usted ya estaba en los E.E.U.U. en diciembre del 2000, sin haber entrado y salido del país, eso quiere decir que usted sí puede aplicar para la ley 245(i).
3) Si su hijo realiza la solicitud por ustedes, los 2 primeros años después de cumplir los 21 años, entonces deberá hacerlo por separado.
Por el contrario, si realizó una solicitud individual en la que no estaba incluida usted o su esposo, entonces tendrá que aplicar por su cuenta.
4) Si no califica para la ley 245(i), necesitará asesoría legal para ver la posibilidad de calificar para un perdón.